JUEGOS

PERSONA NATURAL Y PERSONA JURIDICA


 
1.    PERSONA NATURAL:
 Es la denominación legal que el Código Civil nos otorga como individuos capaces de adquirir derechos, deberes y obligaciones. Como persona natural, puedo crear una empresa unipersonal. En este tipo de empresa funciono como dueño y soy responsable de su manejo.
Puedo tener trabajadores a mi cargo y deberé inscribirlos en el libro de planillas.
Como persona natural, al comenzar mis operaciones y realizar actividades económicas lucrativas, voy a generar ingresos que de acuerdo a ley se consideran rentas de tercera categoría.
¡Atención! La responsabilidad como titular de una empresa unipersonal es ilimitada.

Es decir, ante cualquier compromiso o deuda, que por una situación imprevista no pueda pagar, respondo no sólo con los bienes de la empresa sino, también, con mi patrimonio personal (terrenos, casas, electrodomésticos, medios de transporte, cuentas privadas... es decir, todos los bienes de mi propiedad o los que están a mi nombre).
La persona natural o empresa unipersonal se constituye habitualmente para desarrollar actividades comerciales, por lo que su inscripción en Registros Públicos es voluntaria (facultativa).

2.    PERSONA JURÍDICA:

Persona Jurídica es una organización que puede fundar una persona natural, varias personas naturales o varias personas jurídicas.
La persona jurídica, a diferencia de la persona natural, tiene existencia legal pero no tiene existencia física y debe ser representada por una o más personas naturales.
Tampoco depende de la vida de sus fundadores: se constituye como un centro unitario autónomo.
La empresa es la que responde por las deudas y no los socios.
Para constituirme como Persona Jurídica puedo elegir entre cuatro formas de organización empresarial para organizar mi empresa: una individual y tres colectivas o sociales.